La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), y la Unión de Entidades Comerciales de Argentina (UDECA), acordaron con la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) el traslado al día lunes 28 de septiembre de 2020 la celebración por el Día del Empleado de Comercio, instituido el 26 de septiembre de cada año según la Ley 26.541.
En ese marco, la Asociación de la Producción, Industria y Comercio de Corrientes (APICC) junto al Sindicato de Empleados de Comercio de Corrientes recuerda a los empleadores que en lo que atañe a remuneración se debe dar cumplimiento a la normativa legal vigente (Ley de Contrato de Trabajo y concordantes) y con los alcances de la Ley 26.541.
Además, este día no podrá otorgarse como franco compensatorio de descanso semanal.
Inspecciones en Corrientes
Se informa también que en Corrientes se llevarán a cabo inspecciones a cargo de la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia y en caso de no cumplirse la normativa expuesta, se aplicarán las multas pertinentes, según lo prevee la Ley Nº 25.212 del Pacto Federal.
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