Desde nuestra entidad queremos informar que el Día del Empleado de Comercio, que se celebra el viernes 26 de septiembre según la Ley 26.541, este año se trasladará al lunes 29 de septiembre, en común acuerdo entre el sindicato y las cámaras empresariales.
Recordamos que la Ley 26.541 considera el Día del Empleado de Comercio como una jornada no laborable, equiparable a un feriado nacional para quienes se encuentran bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, garantizando descanso y salario íntegro. De esta forma, los trabajadores del sector no están obligados a trabajar.